lunes, mayo 05, 2008

¿Es obligatorio pegar la pegatina de la ITV?


Esta fue la discusión que nos trajo María el fin de semana y aunque multa de por medio, la respuesta parecía evidente, le estuvimos dando unas vueltas. La sanción del pobre conductor (150€, cliente de la gestoría donde trabaja la madre de María) se basa en el artículo 18.1 del reglamento general de vehículos que viene a decir (mucadaptación libre) que toda señal que sirva para comunicar alguna característica "especial" del vehículo debe regirse por unas normas que se reflejan en el Anexo XI (usease que hay que mirar el anexo ese enterito). Ahí se habla del taxímetro, las Ls de los novatos, la placa de transporte escolar, la de minusválidos y un porrón de cosas más, pegata de la ITV entre otras; bajando al final del todo, donde pone "V-19 DISTINTIVO DE INSPECCION TECNICA PERIODICA DEL VEHICULO" nos encontramos con la respuesta:

1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.
2. En el caso de vehículos de motor, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior.
Y ahí lo tenemos. Seguramente en este punto alguien puede decir que es una chorrada pegarla, que ya se ve en la tarjeta verde que sellan en la inspección y otras cosas varias no carentes de razón peeeeeeero, (GC dixit) "La Guardia Civil no hace las normas, se limita a cumplirlas". Por lo tanto, sí es obligatorio llevar la puesta la pegatina que nos han dado en la última ITV. (Sólo la última, puedes quitar las viejas!!!)

1 comentario:

Anónimo dijo...

Todo está aún más claro si se lee el Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, que aprueba las normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de ITV (BOE de 20-3-08).
El artículo 11 dispone que los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección(cuyo diseño y formato aparece en el anexo III de este mismo Real Decreto). También añade que la colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.